Con el
dictado de la Resolución General IGJ Nº 1/2018, la Inspección General de
Justicia estableció un procedimiento diferenciado para la presentación de
trámites urgentes tendientes a obtener la inscripción de Sociedades Anónimas (SA)
y Sociedades Anónimas Unipersonales (SAU).
La
normativa vigente de IGJ, establece un plazo de conclusión de 72 hs. desde su presentación
para aquellos trámites de solicitud de inscripción de SA y SAU presentados bajo
la modalidad de urgente, pero con esta nueva modalidad podrán ser inscriptas en
24 hs. en tanto no tengan observaciones.
Este
sistema de inscripción en 24 hs. comenzó a ser implementado en julio de 2017
exclusivamente para las Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) con gran aceptación; y
comenzará a regir para las SA y SAU a partir del 4 de abril de 2018, fecha en
que entrará en vigencia la Resolución 1/2018.
La
modalidad habilitada para las SA y las SAU, prevé que con el otorgamiento de la
inscripción en 24 hs. será otorgado el número de CUIT, por lo tanto las nuevas
sociedades podrán operar de manera inmediata. A tal fin, es requisito
excluyente para su admisión, adjuntar al trámite -junto con la restante
documentación- la declaración jurada Formulario AFIP 185, establecida en la
Resolución General conjunta N° 05/2007 (IGJ) y N° 2.325 (AFIP), junto
con la constancia de la presentación que genera dicho aplicativo, la cual
contiene el número de transacción otorgado. Es importante destacar que para que
el Formulario AFIP 185 sea admitido como válido, el campo denominación social
no deberá incluir el aditamento correspondiente al tipo societario.
Buenos Aires, 15 de febrero de
2018.-
Carla Vaccaro